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Inspecciones en talleres: documentación necesaria para superarlas

26 noviembre, 2020Reynasa

Licencia de actividad, ambiental, registro industrial, contrato de gestión de residuos o certificado de manipulación de gas fluorado son algunos de los documentos requeridos Inspección en talleres documentación para superarla.

La lucha para tratar de erradicar del sector los talleres ilegales es siempre beneficiosa para el sector, pues la economía sumergida de estos locales causa importantes pérdidas económicas cada año. Es por eso que, periódicamente, los talleres que sí cumplen con todas las normativas, tienen que enfrentarse a inspecciones por parte de la administración o de la policía autonómica, local o nacional.

Para muchos no deja de ser un trámite, pues están habituados a ello y tienen al día y preparada la documentación que se suele solicitar en este tipo de inspecciones. Pero otros empresarios y dueños no son tan precavidos, por lo que desde el blog de Reynasa explicamos a continuación la documentación necesaria para superar inspecciones rutinarias.

Licencia de actividad, para empezar

  • Todo comenzará por el requerimiento de licencia de actividad que expide el Ayuntamiento donde esté ubicado el taller. Este documento determina la legalidad o no del taller. Dando lugar a una problemática que en los próximos años, como ya ocurriera en la crisis del 2008, volverá a incrementarse.
  • También se requiere en este punto la licencia ambiental, que va aparejada a la de actividad.
  • A continuación se solicita diversa documentación:
    • La inscripción en el registro de pequeño productor de residuos peligrosos el Registro Industrial del taller.
    • El contrato con la empresa de gestión de residuos.
    • Los últimos justificantes de retirada de los residuos especialmente los peligrosos.
    • El certificado personal de manipulación de gas fluorado, en el caso de aquellos centros donde se ofrece el servicio de recarga del gas del aire acondicionado.

Medidas antiCovid

Además, en el caso específico de los talleres de chapa y pintura, que cuentan con una o más cabinas de pintura para realizar su trabajo diario, los agentes requerirán:

  • El informe de análisis de los focos (libro de emisiones),
  • aunque solo en el caso de aquellos que están obligadas a pasarlo.

En los últimos meses, a raíz de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, los talleres, como cualquier otro negocio, deben superar las inspecciones que analizan las medidas antiCovid impuestas en los centros de reparación. En estos casos, se analizan:

  • Medidas de ventilación, limpieza y desinfección en función del trabajo desarrollado en el interior de las instalaciones.
  • Correcta disposición en los puestos de trabajo de agua y jabón, o geles hidroalcohólicos, para los empleados. Productos desinfectantes autorizados por el Ministerio de Sanidad.
  • Mantenimiento de las distancias de seguridad entre personas:
    • De al menos, 1,5 metros entre empleados.
    • Si no es posible guardarlas, se debe proporcionar al trabajador los equipos de protección individual necesarios.
  • Uso obligatorio de la mascarilla:
    • Con independencia de que se pueda mantener la distancia de seguridad.
    • A excepción de aquellos trabajadores que “permanezcan sentados en su puesto de trabajo siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1.5 m. con otros trabajadores y/o usuarios de las instalaciones”.
  • Puesta en marcha de medidas, para evitar exceder el aforo de personas. Previsiblemente en horarios de mayor afluencia de clientes o proveedores.
Etiquetas: Covid-19, documentación, inspección, medidas, Normativa, talleres ilegales
Reynasa

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