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Así será la garantía del taller a partir de 2022

12 agosto, 2021Reynasa

A partir del 1 de enero del próximo año, las reparaciones de vehículos tendrán una garantía de tres meses o 2.000 kilómetros recorridos, por término general.

  • Garantía del taller a partir de 2022, concretamente desde el 1 de enero de 2022 comenzarán a aplicarse los nuevos requisitos legales que recoge el Real Decreto Ley 7/2021 de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea.
  • Según el RD la garantía legal mínima para el consumidor será:
    • De tres años si el producto es nuevo
    • Dos años si se trata de un producto digital y un año y previo acuerdo si es de segunda mano.

Adicionalmente, el plazo de prescripción será de cinco años desde la entrega del producto (frente a los tres años actuales y hasta el 31 de diciembre). Se presume que las faltas de conformidad que surjan en los dos años (o uno para contenido o servicio digital) posteriores a la entrega del producto ya existían cuando este se entregó. Estas son algunas de las novedades de la nueva normativa, la cual detallamos en la entrada de hoy del blog de Reynasa.

Tres meses o 2.000 kilómetros

Aunque se trata de una normativa que regula la garantía del consumidor y el establecimiento a nivel general.

  • En el ámbito del taller, las reparaciones que se realicen a partir de 2022 caducarán a los tres meses o, en su defecto, al sobrepasar los 2.000 kilómetros recorridos, salvo que las piezas incluidas en la reparación tengan un plazo de garantía superior.
  • Dicho plazo comienza a contar desde la fecha de entrega del vehículo al usuario y tendrá validez siempre que el vehículo no sea manipulado o reparado por terceros.

Además, si ocurriera una avería relacionada con una o varias reparaciones efectuadas anteriormente, el taller en ningún caso será responsable de ella cuando el fallo mecánico se derive de que el usuario no acepte la reparación de anomalías o averías ocultas previamente comunicadas.

Producto defectuoso y sustitución

Si alguno de los recambios empleados en la reparación estuviera defectuoso.

  • El usuario tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios,
  • sin posibilidad de renunciar e independientemente de la posibilidad de exigir otras responsabilidades por falta de conformidad u otro incumplimiento.
  • Por supuesto, también tiene derecho a la reparación o sustitución del producto, con un plazo para hacer la reclamación de tres años, pudiendo elegir la solución que más le agrade.
  • Si opta por la reparación, y tras ella el producto sigue presentando defectos, el consumidor puede exigir la sustitución, rebaja en el precio o resolución de contrato.

En el caso del taller, está obligado a hacer esa reparación o sustitución de forma gratuita, en plazo razonable y sin inconvenientes y, mientras dure la reparación, se suspende el plazo. Asimismo, deberá justificar documentalmente la entrega del producto reparado o sustituido, donde se refleje la fecha de entrega y la falta de conformidad.

Etiquetas: derechos, garantía, Normativa, obligaciones, reparación, sustitución, taller
Reynasa

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