Dudas pago en efectivo en los talleres. Desde el 11 de julio de 2021, pagar en efectivo una reparación en el taller cuyo valor supere los 1.000 euros no solo está prohibido, sino que además está sancionado con multa. ¿Sancionan al taller? ¿Al cliente?. ¿A ambos?. ¿Se puede pagar una parte de una factura en metálico sin superar 1.000 euros y el resto vía transferencia?. Estas y otras dudas son frecuentes en el día a día de los talleres desde que la normativa viera la luz.
En este espacio del blog de Reynasa queremos hacernos eco de una guía que ha elaborado el Gremi de Tallers de Barcelona, en la cual se responden a muchas de esas dudas que tienen los talleres. Son las siguientes:
Sí, el taller debe guardar los justificantes de pago de todas aquellas operaciones que sean superiores a 999,99 euros, es decir, las que no puedan pagarse en efectivo. Pero, ¿por cuánto tiempo?. Durante un plazo de cinco años.
No, esta limitación de efectivo no se aplica a los ingresos realizados en el banco. Por lo tanto, se puede realizar un ingreso de más de 1.000 euros en la cuenta del taller sin ser penalizado (siempre indicando el número de factura y la persona o empresa que realiza el ingreso).
En este caso, el cliente tendría que abonar la diferencia mediante formas de pago diferentes al efectivo, es decir, el pago restante de 1.025 euros no podría pagarse en metálico.
No, al ser el importe total de la misma de más de 1.000 euros. Para la limitación al pago en efectivo basta con que el importe de la factura sea igual o superior a 1.000 euros, aunque el pago en efectivo sea inferior a esta cuantía. Es decir, no podría pagarse en efectivo ni parcialmente.
Hacienda podría considerar que se trata de una única operación, salvo que el taller presente las dos órdenes de reparación de fechas diferentes de acuerdo a las facturas emitidas.
En el caso de realizar un pago en efectivo de más de 999,99 euros, los infractores serán tanto el pagador como el receptor del pago (aunque si se denuncia en Hacienda quién ha sido la otra parte, puede evitarla). La sanción es del 25% del importe pagado en efectivo y prescribe a los cinco años.
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